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Control de Legalidad de las Medidas Restrictivas de Derechos Previamente a la Audiencia de Prisión Preventiva en Contra de un Detenido en Flagrancia / Ana Edith Arpasi Arpasi / Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho (2017)
Título : Control de Legalidad de las Medidas Restrictivas de Derechos Previamente a la Audiencia de Prisión Preventiva en Contra de un Detenido en Flagrancia Tipo de documento: texto impreso Autores: Ana Edith Arpasi Arpasi, Autor Editorial: Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho Fecha de publicación: 2017 Número de páginas: 170 páginas Il.: diagramas, tablas Dimensiones: 30 cm. Material de acompañamiento: 01 CD-ROM Nota general: Para Optar Título Profesional de Abogado Idioma : Español (spa) Resumen: Verifica necesidad de un control de legalidad de las medidas restrictivas de derechos previo al desarrollo de una audiencia de prisión preventiva realizada en contra de un detenido en flagrancia, en el marco del control de convencionalidad. Investigación diseño cualitativo, descriptivo y propositivo. Resultados: i) Control de legalidad al manifestarse a través de la confirmación judicial respecto a las medidas restrictivas de derechos, persigue dotar de judicialidad y estabilidad instrumental a dichas medidas. ii) Las medidas restrictivas de derechos como incautación, registro personal, allanamiento constituyen fundados y graves elementos de convicción, requisito que conjuntamente con otros dan lugar a la prisión preventiva. iii) Realizar control de legalidad de medidas restrictivas de derechos previamente a la audiencia de prisión preventiva en contra de detenido en flagrancia ello en el marco del control de convencionalidad. iv) Control de legalidad puede ser realizado – de oficio- por Juez de Investigación Preparatoria, previamente a la audiencia de prisión preventiva en contra del intervenido en flagrancia, aplicando el control de convencionalidad. Control de legalidad de las medidas restrictivas de derechos, requisito de procedibilidad para el desarrollo de una audiencia de prisión preventiva en contra de un detenido en flagrancia, el fiscal deberá formular un requerimiento de confirmación judicial de medidas lo requieran. Conclusiones: i) Una persona sea intervenida en flagrancia, procede su detención, plazo el Fiscal, en busca de elementos de convicción que vinculen al imputado con el hecho punible, adopta medidas que restringen derechos fundamentales del detenido, después de haber sido actuadas requieren de la confirmación judicial, mecanismo de un control de legalidad, pues, con ella se reviste de judicialidad, de estabilidad instrumental o de legalidad a la tales medidas, cumpliendo su función de garantizar eficazmente que en la actuación de las medidas no hubo injerencia arbitraria alguna y se efectuó conforme a la correspondiente normativa nacional e internacional. ii) En la audiencia de prisión preventiva llevada en contra de una persona detenida en flagrancia, se considera como fundados y graves elementos de convicción a aquellas medidas restrictivas de derechos (allanamiento, intervenciones corporales, exhibición e incautación de bienes, aseguramiento e incautación de documentos privados, clausura o vigilancia de locales e inmovilización de bienes muebles), que pese a requerir de confirmación judicial, no lo están, de forma tal que el Juez de Investigación Preparatoria crea una presunción de legalidad de la actuación de tales medidas restrictivas de derechos que dieron a lugar a los elementos de convicción, los cuales juntamente a otros presupuestos, dan lugar a la prisión preventiva, y consigo a la futura restricción de uno de los derechos más preciados que es la libertad física del imputado. iii) En el CPP, en caso de solicitarse prisión preventiva en contra del detenido en flagrancia, no indica con precisión el momento en que deberá realizarse la confirmación judicial de la actuación de aquellas medidas restrictivas de derechos que así lo requieren, dándose así una omisión, no se vela la efectividad de las normas constitucionales e internacionales cuando estas exigen que se verifique la no vulneración de los derechos fundamentales. Confirmación judicial y por lo ordenado por la normativa nacional e internacional en cuanto a los derechos fundamentales, realizando un control de convencionalidad sobre la omisión y supuesto señalados, es necesario que se realice la confirmación judicial como un mecanismo de control de legalidad, de aquellas medidas restrictivas que así lo exijan; ello previamente al desarrollo de la audiencia de prisión preventiva en contra de un detenido en flagrancia. iv) Juez Investigación Preparatoria o Juez de garantías, realizando un control de convencionalidad, puede realizar –de oficio- el control de legalidad de las medidas restrictivas de derechos previamente al desarrollo de la audiencia de prisión preventiva realizado en contra del intervenido en flagrancia. Control de legalidad de las medidas restrictivas de derechos debe constituir un requisito de procedibilidad para el desarrollo de una audiencia de prisión preventiva que se pidió en contra de un detenido en flagrancia, para lo cual el fiscal deberá formular un requerimiento de confirmación judicial de las medidas restrictivas de derechos que lo requieran y el Juez, atendiendo a dicho requerimiento, debe evaluar su pedido antes de desarrollarse la audiencia de prisión preventiva. En línea: http://repositorio.unap.edu.pe/handle/UNAP/5885 Link: https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=101535 Control de Legalidad de las Medidas Restrictivas de Derechos Previamente a la Audiencia de Prisión Preventiva en Contra de un Detenido en Flagrancia [texto impreso] / Ana Edith Arpasi Arpasi, Autor . - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho, 2017 . - 170 páginas : diagramas, tablas ; 30 cm. + 01 CD-ROM.
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Resumen: Verifica necesidad de un control de legalidad de las medidas restrictivas de derechos previo al desarrollo de una audiencia de prisión preventiva realizada en contra de un detenido en flagrancia, en el marco del control de convencionalidad. Investigación diseño cualitativo, descriptivo y propositivo. Resultados: i) Control de legalidad al manifestarse a través de la confirmación judicial respecto a las medidas restrictivas de derechos, persigue dotar de judicialidad y estabilidad instrumental a dichas medidas. ii) Las medidas restrictivas de derechos como incautación, registro personal, allanamiento constituyen fundados y graves elementos de convicción, requisito que conjuntamente con otros dan lugar a la prisión preventiva. iii) Realizar control de legalidad de medidas restrictivas de derechos previamente a la audiencia de prisión preventiva en contra de detenido en flagrancia ello en el marco del control de convencionalidad. iv) Control de legalidad puede ser realizado – de oficio- por Juez de Investigación Preparatoria, previamente a la audiencia de prisión preventiva en contra del intervenido en flagrancia, aplicando el control de convencionalidad. Control de legalidad de las medidas restrictivas de derechos, requisito de procedibilidad para el desarrollo de una audiencia de prisión preventiva en contra de un detenido en flagrancia, el fiscal deberá formular un requerimiento de confirmación judicial de medidas lo requieran. Conclusiones: i) Una persona sea intervenida en flagrancia, procede su detención, plazo el Fiscal, en busca de elementos de convicción que vinculen al imputado con el hecho punible, adopta medidas que restringen derechos fundamentales del detenido, después de haber sido actuadas requieren de la confirmación judicial, mecanismo de un control de legalidad, pues, con ella se reviste de judicialidad, de estabilidad instrumental o de legalidad a la tales medidas, cumpliendo su función de garantizar eficazmente que en la actuación de las medidas no hubo injerencia arbitraria alguna y se efectuó conforme a la correspondiente normativa nacional e internacional. ii) En la audiencia de prisión preventiva llevada en contra de una persona detenida en flagrancia, se considera como fundados y graves elementos de convicción a aquellas medidas restrictivas de derechos (allanamiento, intervenciones corporales, exhibición e incautación de bienes, aseguramiento e incautación de documentos privados, clausura o vigilancia de locales e inmovilización de bienes muebles), que pese a requerir de confirmación judicial, no lo están, de forma tal que el Juez de Investigación Preparatoria crea una presunción de legalidad de la actuación de tales medidas restrictivas de derechos que dieron a lugar a los elementos de convicción, los cuales juntamente a otros presupuestos, dan lugar a la prisión preventiva, y consigo a la futura restricción de uno de los derechos más preciados que es la libertad física del imputado. iii) En el CPP, en caso de solicitarse prisión preventiva en contra del detenido en flagrancia, no indica con precisión el momento en que deberá realizarse la confirmación judicial de la actuación de aquellas medidas restrictivas de derechos que así lo requieren, dándose así una omisión, no se vela la efectividad de las normas constitucionales e internacionales cuando estas exigen que se verifique la no vulneración de los derechos fundamentales. Confirmación judicial y por lo ordenado por la normativa nacional e internacional en cuanto a los derechos fundamentales, realizando un control de convencionalidad sobre la omisión y supuesto señalados, es necesario que se realice la confirmación judicial como un mecanismo de control de legalidad, de aquellas medidas restrictivas que así lo exijan; ello previamente al desarrollo de la audiencia de prisión preventiva en contra de un detenido en flagrancia. iv) Juez Investigación Preparatoria o Juez de garantías, realizando un control de convencionalidad, puede realizar –de oficio- el control de legalidad de las medidas restrictivas de derechos previamente al desarrollo de la audiencia de prisión preventiva realizado en contra del intervenido en flagrancia. Control de legalidad de las medidas restrictivas de derechos debe constituir un requisito de procedibilidad para el desarrollo de una audiencia de prisión preventiva que se pidió en contra de un detenido en flagrancia, para lo cual el fiscal deberá formular un requerimiento de confirmación judicial de las medidas restrictivas de derechos que lo requieran y el Juez, atendiendo a dicho requerimiento, debe evaluar su pedido antes de desarrollarse la audiencia de prisión preventiva. En línea: http://repositorio.unap.edu.pe/handle/UNAP/5885 Link: https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=101535
Control de Legalidad de las Medidas Restrictivas de Derechos Previamente a la Audiencia de Prisión Preventiva en Contra de un Detenido en Flagrancia
Verifica necesidad de un control de legalidad de las medidas restrictivas de derechos previo al desarrollo de una audiencia de prisión preventiva realizada en contra de un detenido en flagrancia, en el marco del control de convencionalidad. Investigación diseño cualitativo, descriptivo y propositivo. Resultados: i) Control de legalidad al manifestarse a través de la confirmación judicial respecto a las medidas restrictivas de derechos, persigue dotar de judicialidad y estabilidad instrumental a dichas medidas. ii) Las medidas restrictivas de derechos como incautación, registro personal, allanamiento constituyen fundados y graves elementos de convicción, requisito que conjuntamente con otros dan lugar a la prisión preventiva. iii) Realizar control de legalidad de medidas restrictivas de derechos previamente a la audiencia de prisión preventiva en contra de detenido en flagrancia ello en el marco del control de convencionalidad. iv) Control de legalidad puede ser realizado – de oficio- por Juez de Investigación Preparatoria, previamente a la audiencia de prisión preventiva en contra del intervenido en flagrancia, aplicando el control de convencionalidad. Control de legalidad de las medidas restrictivas de derechos, requisito de procedibilidad para el desarrollo de una audiencia de prisión preventiva en contra de un detenido en flagrancia, el fiscal deberá formular un requerimiento de confirmación judicial de medidas lo requieran. Conclusiones: i) Una persona sea intervenida en flagrancia, procede su detención, plazo el Fiscal, en busca de elementos de convicción que vinculen al imputado con el hecho punible, adopta medidas que restringen derechos fundamentales del detenido, después de haber sido actuadas requieren de la confirmación judicial, mecanismo de un control de legalidad, pues, con ella se reviste de judicialidad, de estabilidad instrumental o de legalidad a la tales medidas, cumpliendo su función de garantizar eficazmente que en la actuación de las medidas no hubo injerencia arbitraria alguna y se efectuó conforme a la correspondiente normativa nacional e internacional. ii) En la audiencia de prisión preventiva llevada en contra de una persona detenida en flagrancia, se considera como fundados y graves elementos de convicción a aquellas medidas restrictivas de derechos (allanamiento, intervenciones corporales, exhibición e incautación de bienes, aseguramiento e incautación de documentos privados, clausura o vigilancia de locales e inmovilización de bienes muebles), que pese a requerir de confirmación judicial, no lo están, de forma tal que el Juez de Investigación Preparatoria crea una presunción de legalidad de la actuación de tales medidas restrictivas de derechos que dieron a lugar a los elementos de convicción, los cuales juntamente a otros presupuestos, dan lugar a la prisión preventiva, y consigo a la futura restricción de uno de los derechos más preciados que es la libertad física del imputado. iii) En el CPP, en caso de solicitarse prisión preventiva en contra del detenido en flagrancia, no indica con precisión el momento en que deberá realizarse la confirmación judicial de la actuación de aquellas medidas restrictivas de derechos que así lo requieren, dándose así una omisión, no se vela la efectividad de las normas constitucionales e internacionales cuando estas exigen que se verifique la no vulneración de los derechos fundamentales. Confirmación judicial y por lo ordenado por la normativa nacional e internacional en cuanto a los derechos fundamentales, realizando un control de convencionalidad sobre la omisión y supuesto señalados, es necesario que se realice la confirmación judicial como un mecanismo de control de legalidad, de aquellas medidas restrictivas que así lo exijan; ello previamente al desarrollo de la audiencia de prisión preventiva en contra de un detenido en flagrancia. iv) Juez Investigación Preparatoria o Juez de garantías, realizando un control de convencionalidad, puede realizar –de oficio- el control de legalidad de las medidas restrictivas de derechos previamente al desarrollo de la audiencia de prisión preventiva realizado en contra del intervenido en flagrancia. Control de legalidad de las medidas restrictivas de derechos debe constituir un requisito de procedibilidad para el desarrollo de una audiencia de prisión preventiva que se pidió en contra de un detenido en flagrancia, para lo cual el fiscal deberá formular un requerimiento de confirmación judicial de las medidas restrictivas de derechos que lo requieran y el Juez, atendiendo a dicho requerimiento, debe evaluar su pedido antes de desarrollarse la audiencia de prisión preventiva.
Arpasi Arpasi, Ana Edith - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho - 2017
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DisponibleConvencionalidad de la ley Nº 29785, ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, respecto del convenio Nº 169 de la OIT / Christian Alonso Guzmán Arias / Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho (2014)
Título : Convencionalidad de la ley Nº 29785, ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, respecto del convenio Nº 169 de la OIT Tipo de documento: texto impreso Autores: Christian Alonso Guzmán Arias, Autor Editorial: Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho Fecha de publicación: 2014 Número de páginas: 87 páginas Il.: diagramas Dimensiones: 30 cm. Material de acompañamiento: 1 CD-ROM Nota general: Para Optar el Título Profesional: Abogado. Idioma : Español (spa) Clasificación: Resumen: El control de convencionalidad se refiere, en principio, a la adecuación material de cualquier norma a la Convención Americana de Derechos Humanos. Sin embargo, este término se usa en sentido más amplio para realizar ese examen de adecuación respecto de cualquier otra norma internacional que contenga Derechos Humanos.
En la presente investigación se examina la adecuación que tiene la Ley 29785 respecto del Convenio N° 169 de la OIT; a fin de conocer su grado de convencionalidad o si es inconvencional de plano.
Link: https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=78782 Convencionalidad de la ley Nº 29785, ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, respecto del convenio Nº 169 de la OIT [texto impreso] / Christian Alonso Guzmán Arias, Autor . - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho, 2014 . - 87 páginas : diagramas ; 30 cm. + 1 CD-ROM.
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Clasificación: Resumen: El control de convencionalidad se refiere, en principio, a la adecuación material de cualquier norma a la Convención Americana de Derechos Humanos. Sin embargo, este término se usa en sentido más amplio para realizar ese examen de adecuación respecto de cualquier otra norma internacional que contenga Derechos Humanos.
En la presente investigación se examina la adecuación que tiene la Ley 29785 respecto del Convenio N° 169 de la OIT; a fin de conocer su grado de convencionalidad o si es inconvencional de plano.
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Convencionalidad de la ley Nº 29785, ley del derecho a la consulta previa a los pueblos indígenas u originarios, respecto del convenio Nº 169 de la OIT
El control de convencionalidad se refiere, en principio, a la adecuación material de cualquier norma a la Convención Americana de Derechos Humanos. Sin embargo, este término se usa en sentido más amplio para realizar ese examen de adecuación respecto de cualquier otra norma internacional que contenga Derechos Humanos.
En la presente investigación se examina la adecuación que tiene la Ley 29785 respecto del Convenio N° 169 de la OIT; a fin de conocer su grado de convencionalidad o si es inconvencional de plano.
Guzmán Arias, Christian Alonso - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho - 2014
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado T25-0102-01 348.61 G98 Tesis Profesional Bib. Esp. Derecho Estanteria (Tesis) Disponible T17621-24078-01 348.61 G98 Tesis Profesional Biblioteca Central Area Tesis (sótano) Consulta en sala
DisponibleLas convenciones probatorias en la etapa de juzgamiento en los juzgados unipersonales de la Corte Superior de Justicia de Puno y su regulación en el Código Procesal Penal, 2019 / Andrea Mamani Quiroz / Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho (2022)
Título : Las convenciones probatorias en la etapa de juzgamiento en los juzgados unipersonales de la Corte Superior de Justicia de Puno y su regulación en el Código Procesal Penal, 2019 Tipo de documento: documento electrónico Autores: Andrea Mamani Quiroz, Autor Editorial: Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho Fecha de publicación: 2022 Número de páginas: 158 páginas Il.: ilustraciones, tablas Nota general: Para optar Título Profesional de Abogado Idioma : Español (spa) Resumen: La presente investigación se encamina a estudiar el tema de las convenciones probatorias debido a su escasa aplicación en la actualidad; el trabajo es de carácter no experimental, de enfoque cuantitativo; la población es 265 expedientes de los 3 Juzgados Unipersonales de Puno del año 2019, y la muestra son 4 expedientes donde se aplicaron convenciones probatorias; el objetivo general es Determinar en qué porcentaje de procesos que se encuentran en la etapa de juzgamiento se aplicaron las convenciones probatorias, los objetivos específicos: Verificar la parte procesal que la propone, Conocer las causas por las que no se aplican y establecer si se dan las condiciones para su aplicación; las conclusiones son: el porcentaje de casos en los que se aplicaron es muy mínimo; Dentro de las causas que motivan la falta de aplicación de la convenciones probatorias tenemos el desconocimiento de dicha figura procesal por las partes, la falta de pro actividad para proponer su aplicación, el desconocimiento de las teorías del caso a fin de delimitar los puntos controvertidos y no controvertidos; La parte que propone su aplicación en todos los casos es el Juez de Investigación Preparatoria; En la etapa intermedia no se dan las condiciones necesarias porque no es exigible la presencia del imputado, lo que ha quedado comprobado con la verificación de la escasa presencia de los imputados en las audiencias preliminares; asimismo, se tiene la afluencia de defensores públicos, que en su mayoría no han conferenciado con sus patrocinados y se sienten limitados a fin de celebrar convenciones probatorias sin su autorización; por tanto, la etapa de juicio oral es la más idónea porque se presentan todas las condiciones para su aplicación, sin embargo se debe regular su obligatoriedad a fin de que el Juez de Juzgamiento deba instar a las partes su aplicación. En línea: http://repositorio.unap.edu.pe/handle/20.500.14082/18051 Link: https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=112616 Las convenciones probatorias en la etapa de juzgamiento en los juzgados unipersonales de la Corte Superior de Justicia de Puno y su regulación en el Código Procesal Penal, 2019 [documento electrónico] / Andrea Mamani Quiroz, Autor . - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho, 2022 . - 158 páginas : ilustraciones, tablas.
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Resumen: La presente investigación se encamina a estudiar el tema de las convenciones probatorias debido a su escasa aplicación en la actualidad; el trabajo es de carácter no experimental, de enfoque cuantitativo; la población es 265 expedientes de los 3 Juzgados Unipersonales de Puno del año 2019, y la muestra son 4 expedientes donde se aplicaron convenciones probatorias; el objetivo general es Determinar en qué porcentaje de procesos que se encuentran en la etapa de juzgamiento se aplicaron las convenciones probatorias, los objetivos específicos: Verificar la parte procesal que la propone, Conocer las causas por las que no se aplican y establecer si se dan las condiciones para su aplicación; las conclusiones son: el porcentaje de casos en los que se aplicaron es muy mínimo; Dentro de las causas que motivan la falta de aplicación de la convenciones probatorias tenemos el desconocimiento de dicha figura procesal por las partes, la falta de pro actividad para proponer su aplicación, el desconocimiento de las teorías del caso a fin de delimitar los puntos controvertidos y no controvertidos; La parte que propone su aplicación en todos los casos es el Juez de Investigación Preparatoria; En la etapa intermedia no se dan las condiciones necesarias porque no es exigible la presencia del imputado, lo que ha quedado comprobado con la verificación de la escasa presencia de los imputados en las audiencias preliminares; asimismo, se tiene la afluencia de defensores públicos, que en su mayoría no han conferenciado con sus patrocinados y se sienten limitados a fin de celebrar convenciones probatorias sin su autorización; por tanto, la etapa de juicio oral es la más idónea porque se presentan todas las condiciones para su aplicación, sin embargo se debe regular su obligatoriedad a fin de que el Juez de Juzgamiento deba instar a las partes su aplicación. En línea: http://repositorio.unap.edu.pe/handle/20.500.14082/18051 Link: https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=112616
Las convenciones probatorias en la etapa de juzgamiento en los juzgados unipersonales de la Corte Superior de Justicia de Puno y su regulación en el Código Procesal Penal, 2019
La presente investigación se encamina a estudiar el tema de las convenciones probatorias debido a su escasa aplicación en la actualidad; el trabajo es de carácter no experimental, de enfoque cuantitativo; la población es 265 expedientes de los 3 Juzgados Unipersonales de Puno del año 2019, y la muestra son 4 expedientes donde se aplicaron convenciones probatorias; el objetivo general es Determinar en qué porcentaje de procesos que se encuentran en la etapa de juzgamiento se aplicaron las convenciones probatorias, los objetivos específicos: Verificar la parte procesal que la propone, Conocer las causas por las que no se aplican y establecer si se dan las condiciones para su aplicación; las conclusiones son: el porcentaje de casos en los que se aplicaron es muy mínimo; Dentro de las causas que motivan la falta de aplicación de la convenciones probatorias tenemos el desconocimiento de dicha figura procesal por las partes, la falta de pro actividad para proponer su aplicación, el desconocimiento de las teorías del caso a fin de delimitar los puntos controvertidos y no controvertidos; La parte que propone su aplicación en todos los casos es el Juez de Investigación Preparatoria; En la etapa intermedia no se dan las condiciones necesarias porque no es exigible la presencia del imputado, lo que ha quedado comprobado con la verificación de la escasa presencia de los imputados en las audiencias preliminares; asimismo, se tiene la afluencia de defensores públicos, que en su mayoría no han conferenciado con sus patrocinados y se sienten limitados a fin de celebrar convenciones probatorias sin su autorización; por tanto, la etapa de juicio oral es la más idónea porque se presentan todas las condiciones para su aplicación, sin embargo se debe regular su obligatoriedad a fin de que el Juez de Juzgamiento deba instar a las partes su aplicación.
Mamani Quiroz, Andrea - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho - 2022
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Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado Documento Electrónico T0274 DET0274 Tesis Profesional Biblioteca Central Tesis (Virtual) Disponible Crecimiento de las exportaciones a través del Drawback / Werner Albert Huaman Paredes / Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho (2005)
Título : Crecimiento de las exportaciones a través del Drawback Tipo de documento: texto impreso Autores: Werner Albert Huaman Paredes, Autor Editorial: Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho Fecha de publicación: 2005 Número de páginas: 151, [19] páginas Il.: diagramas, tablas Dimensiones: 30 cm Nota general: Para Optar Título Profesional de Abogado Idioma : Español (spa) Link: https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=73002 Crecimiento de las exportaciones a través del Drawback [texto impreso] / Werner Albert Huaman Paredes, Autor . - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho, 2005 . - 151, [19] páginas : diagramas, tablas ; 30 cm.
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Crecimiento de las exportaciones a través del Drawback
Huaman Paredes, Werner Albert - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho - 2005
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DisponibleLa criminalidad de la mujer y su perspectiva en la región de Puno año 2017 y 2018 / Jackelyn Rita Betancur Velarde / Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho (2021)
Título : La criminalidad de la mujer y su perspectiva en la región de Puno año 2017 y 2018 Tipo de documento: documento electrónico Autores: Jackelyn Rita Betancur Velarde, Autor Editorial: Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho Fecha de publicación: 2021 Número de páginas: 93 páginas Il.: ilustraciones, tablas Nota general: Para optar Título Profesional de Abogado Idioma : Español (spa) Resumen: El tema elegido para la investigación es el análisis de la criminalidad de la mujer en la región de Puno. La mujer como partícipe de actividades criminales, para los analistas jurídicos y sociales, es desde ya un problema complejo, el cual tiene diversas aristas, empero, es necesario partir por conocer cuáles las causas de la criminalidad femenina, los ilícitos penales que cometen con mayor frecuencia las mujeres y cuál es la perspectiva actual de la criminalidad femenina, todo ello en la región de Puno. El diseño de la investigación es mixto (cuantitativo y cualitativo), en torno al tipo de investigación específica es jurídico-social, se utilizaron como métodos para la recolección de Datos: La observación y la entrevista, que se aplicó a la población muestra para cada año (2017 y 2018); y, para el análisis de la información se aplicó el método Estadístico, específicamente tablas de frecuencias, Interpretación de tablas e Inductivo. Como técnica se aplicó entrevistas estructuradas a las internas del Centro Penitenciario de mujeres de Lampa del Departamento de Puno, con una muestra de: 106 para el año 2017 y 111 para el año 2018. Como parte de los resultados mostraremos datos estadísticos sobre las internas, advirtiendo que las causas de la actividad delictiva están relacionadas a factores económicos y sociales; los ilícitos penales que, en mayor frecuencia, son cometidos por parte de las mujeres son: tráfico ilícito de drogas, trata de personas y hurto. Finalmente, en la perspectiva, se tiene que las internas sintieron rechazo y por ello incluso muestran arrepentimiento. Todo ello nos lleva a sostener la importancia y obligatoriedad de volver la mirada hacia las conductas infractoras de las mujeres, lo que debe implicar una intervención activa en todos los ámbitos para la prevención de la delincuencia en mujeres. En línea: http://repositorio.unap.edu.pe/handle/20.500.14082/16659 Link: https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=114116 La criminalidad de la mujer y su perspectiva en la región de Puno año 2017 y 2018 [documento electrónico] / Jackelyn Rita Betancur Velarde, Autor . - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho, 2021 . - 93 páginas : ilustraciones, tablas.
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Idioma : Español (spa)
Resumen: El tema elegido para la investigación es el análisis de la criminalidad de la mujer en la región de Puno. La mujer como partícipe de actividades criminales, para los analistas jurídicos y sociales, es desde ya un problema complejo, el cual tiene diversas aristas, empero, es necesario partir por conocer cuáles las causas de la criminalidad femenina, los ilícitos penales que cometen con mayor frecuencia las mujeres y cuál es la perspectiva actual de la criminalidad femenina, todo ello en la región de Puno. El diseño de la investigación es mixto (cuantitativo y cualitativo), en torno al tipo de investigación específica es jurídico-social, se utilizaron como métodos para la recolección de Datos: La observación y la entrevista, que se aplicó a la población muestra para cada año (2017 y 2018); y, para el análisis de la información se aplicó el método Estadístico, específicamente tablas de frecuencias, Interpretación de tablas e Inductivo. Como técnica se aplicó entrevistas estructuradas a las internas del Centro Penitenciario de mujeres de Lampa del Departamento de Puno, con una muestra de: 106 para el año 2017 y 111 para el año 2018. Como parte de los resultados mostraremos datos estadísticos sobre las internas, advirtiendo que las causas de la actividad delictiva están relacionadas a factores económicos y sociales; los ilícitos penales que, en mayor frecuencia, son cometidos por parte de las mujeres son: tráfico ilícito de drogas, trata de personas y hurto. Finalmente, en la perspectiva, se tiene que las internas sintieron rechazo y por ello incluso muestran arrepentimiento. Todo ello nos lleva a sostener la importancia y obligatoriedad de volver la mirada hacia las conductas infractoras de las mujeres, lo que debe implicar una intervención activa en todos los ámbitos para la prevención de la delincuencia en mujeres. En línea: http://repositorio.unap.edu.pe/handle/20.500.14082/16659 Link: https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=114116
La criminalidad de la mujer y su perspectiva en la región de Puno año 2017 y 2018
El tema elegido para la investigación es el análisis de la criminalidad de la mujer en la región de Puno. La mujer como partícipe de actividades criminales, para los analistas jurídicos y sociales, es desde ya un problema complejo, el cual tiene diversas aristas, empero, es necesario partir por conocer cuáles las causas de la criminalidad femenina, los ilícitos penales que cometen con mayor frecuencia las mujeres y cuál es la perspectiva actual de la criminalidad femenina, todo ello en la región de Puno. El diseño de la investigación es mixto (cuantitativo y cualitativo), en torno al tipo de investigación específica es jurídico-social, se utilizaron como métodos para la recolección de Datos: La observación y la entrevista, que se aplicó a la población muestra para cada año (2017 y 2018); y, para el análisis de la información se aplicó el método Estadístico, específicamente tablas de frecuencias, Interpretación de tablas e Inductivo. Como técnica se aplicó entrevistas estructuradas a las internas del Centro Penitenciario de mujeres de Lampa del Departamento de Puno, con una muestra de: 106 para el año 2017 y 111 para el año 2018. Como parte de los resultados mostraremos datos estadísticos sobre las internas, advirtiendo que las causas de la actividad delictiva están relacionadas a factores económicos y sociales; los ilícitos penales que, en mayor frecuencia, son cometidos por parte de las mujeres son: tráfico ilícito de drogas, trata de personas y hurto. Finalmente, en la perspectiva, se tiene que las internas sintieron rechazo y por ello incluso muestran arrepentimiento. Todo ello nos lleva a sostener la importancia y obligatoriedad de volver la mirada hacia las conductas infractoras de las mujeres, lo que debe implicar una intervención activa en todos los ámbitos para la prevención de la delincuencia en mujeres.
Betancur Velarde, Jackelyn Rita - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho - 2021
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