Título : |
La motivación de la reparación civil en la sentencia condenatoria: Caso Cirilo Fernando Robles Callomamani - Puno; 2012 |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Elmer Jorge Cahuana Ucedo, Autor |
Editorial: |
Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho |
Fecha de publicación: |
2016 |
Número de páginas: |
97 páginas |
Il.: |
tablas |
Dimensiones: |
30 cm |
Material de acompañamiento: |
1 CD-ROM |
Nota general: |
Para Optar Título Profesional de: Abogado |
Idioma : |
Español (spa) |
Resumen: |
Analizado derecho a la motivación extremo de reparación civil en sentencia condenatoria, verificándose el contenido, alcances, errores de la motivación de las resoluciones judiciales y su aplicación desde la teoría. ¿qué categorías de justificación desarrolladas por la teoría de la argumentación jurídica deben concurrir para la debida motivación de la reparación civil en la sentencia condenatoria sobre el caso Cirilo Fernando Robles Callomamani?. Investigación cualitativo, método dogmático, técnica la observación documental. Se tuvo en cuenta las opiniones de los Jueces y Fiscales penales del distrito judicial de Puno recogidas en entrevistas, concluyéndose que: i)en la sentencia sobre el caso Cirilo Fernando Robles Callomamani no se cumple con la debida motivación en el extremo de la reparación civil, por la falta de justificación interna y justificación externa en la decisión; ii) la Teoría de la Argumentación Jurídica brinda medios para identificar la corrección de la decisión judicial, que comprende dos categorías de la racionalidad interna y externa, constituyendo el contenido del derecho a la debida motivación, iii) en el caso Cirilo Robles Callomamani, para fijar la reparación civil se ha verificado la falta de validez lógica de las premisas, para determinar responsabilidad civil y para determinar el quantum indemnizatorio, así como la falta de remisión de los principios de consistencia, universalidad, coherencia y consecuencialismo para la justificación externa; iv) se ha validado el instrumento de justificación racional para fijar reparación. |
Link: |
https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=96222 |
La motivación de la reparación civil en la sentencia condenatoria: Caso Cirilo Fernando Robles Callomamani - Puno; 2012 [texto impreso] / Elmer Jorge Cahuana Ucedo, Autor . - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho, 2016 . - 97 páginas : tablas ; 30 cm + 1 CD-ROM. Para Optar Título Profesional de: Abogado Idioma : Español ( spa)
Resumen: |
Analizado derecho a la motivación extremo de reparación civil en sentencia condenatoria, verificándose el contenido, alcances, errores de la motivación de las resoluciones judiciales y su aplicación desde la teoría. ¿qué categorías de justificación desarrolladas por la teoría de la argumentación jurídica deben concurrir para la debida motivación de la reparación civil en la sentencia condenatoria sobre el caso Cirilo Fernando Robles Callomamani?. Investigación cualitativo, método dogmático, técnica la observación documental. Se tuvo en cuenta las opiniones de los Jueces y Fiscales penales del distrito judicial de Puno recogidas en entrevistas, concluyéndose que: i)en la sentencia sobre el caso Cirilo Fernando Robles Callomamani no se cumple con la debida motivación en el extremo de la reparación civil, por la falta de justificación interna y justificación externa en la decisión; ii) la Teoría de la Argumentación Jurídica brinda medios para identificar la corrección de la decisión judicial, que comprende dos categorías de la racionalidad interna y externa, constituyendo el contenido del derecho a la debida motivación, iii) en el caso Cirilo Robles Callomamani, para fijar la reparación civil se ha verificado la falta de validez lógica de las premisas, para determinar responsabilidad civil y para determinar el quantum indemnizatorio, así como la falta de remisión de los principios de consistencia, universalidad, coherencia y consecuencialismo para la justificación externa; iv) se ha validado el instrumento de justificación racional para fijar reparación. |
Link: |
https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=96222 |
La motivación de la reparación civil en la sentencia condenatoria: Caso Cirilo Fernando Robles Callomamani - Puno; 2012
Analizado derecho a la motivación extremo de reparación civil en sentencia condenatoria, verificándose el contenido, alcances, errores de la motivación de las resoluciones judiciales y su aplicación desde la teoría. ¿qué categorías de justificación desarrolladas por la teoría de la argumentación jurídica deben concurrir para la debida motivación de la reparación civil en la sentencia condenatoria sobre el caso Cirilo Fernando Robles Callomamani?. Investigación cualitativo, método dogmático, técnica la observación documental. Se tuvo en cuenta las opiniones de los Jueces y Fiscales penales del distrito judicial de Puno recogidas en entrevistas, concluyéndose que: i)en la sentencia sobre el caso Cirilo Fernando Robles Callomamani no se cumple con la debida motivación en el extremo de la reparación civil, por la falta de justificación interna y justificación externa en la decisión; ii) la Teoría de la Argumentación Jurídica brinda medios para identificar la corrección de la decisión judicial, que comprende dos categorías de la racionalidad interna y externa, constituyendo el contenido del derecho a la debida motivación, iii) en el caso Cirilo Robles Callomamani, para fijar la reparación civil se ha verificado la falta de validez lógica de las premisas, para determinar responsabilidad civil y para determinar el quantum indemnizatorio, así como la falta de remisión de los principios de consistencia, universalidad, coherencia y consecuencialismo para la justificación externa; iv) se ha validado el instrumento de justificación racional para fijar reparación.
Cahuana Ucedo, Elmer Jorge -
Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho - 2016
Para Optar Título Profesional de: Abogado
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