Título : |
La Fiscalización Tributaria de los Contribuyentes del Impuesto a la Renta de los Establecimientos de Hospedaje de la Región Puno. |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Luciano Ito Ticona, Autor |
Editorial: |
Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Escuela de Post Grado. Maestría en Contabilidad y Administración |
Fecha de publicación: |
2010 |
Número de páginas: |
173 p. |
Il.: |
tbls,: diagrs. |
Dimensiones: |
30 cm. |
Nota general: |
Para Optar el grado Académico de: Magíster Scientiae en Contabilidad y Administración. Mención en: Auditoria y Tributación. |
Idioma : |
Español (spa) |
Resumen: |
RESUMEN
El presente trabajo de investigación titulado “LA FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA DE LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO A LA RENTA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE DE LA REGIÓN PUNO”, tiene por finalidad analizar y revelar la trascendencia cuantitativa derivado por el ejercicio de la función de fiscalización y pretende reseñar en una forma general, de cómo la información requerida por la Administración Tributaria, al comprobar su veracidad, es desvirtuado. Es decir, producto de su intervención y en el ejercicio de su atribución contenida en la Ley, determina omisiones sustanciales y formales, califica las infracciones, establece las sanciones y hasta puede interponer contra los infractores las acciones penales por delito tributario; constituyéndose éstas en severas y represivas.
La Administración Tributaria es la encargada de velar por el cumplimiento de las normas tributarias, por lo que a tal efecto, la Ley le ha conferido una serie de facultades que le permiten cumplir eficaz y eficientemente dicha labor.
En virtud al Art. 62º del Código Tributario, es facultad inherente de la Administración Tributaria la de fiscalización, la cual se ejerce en forma discrecional. Esta situación origina un control permanente al Contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones establecidas por Ley.
A raíz de las acciones de fiscalización y verificación ejercidas por la administración tributaria, ésta encuentra conceptos que no se encuentran debidamente sustentados y que dan origen a un reparo, esto es, a la imputación de una deuda a cargo del Contribuyente, proveniente de:
a) Un tributo no pagado, o
b) Una omisión formal que constituya infracción tributaria sujeta a la aplicación de una sanción correspondiente.
La sanción generalizada producto de una verificación es la multa, castigo pecuniario, que se impone al contribuyente o responsable que ha cometido una ilicitud cuyo pago debe acreditar actualizada por la acumulación de los intereses moratorios.
Por el origen de estas contingencias tributarias infringidas, el contribuyente tiene ante si, los efectos de una voraz y asfixiante recaudación fiscal.
Al afrontar la magnitud de la nueva deuda tributaria adicional establecida por el ente administrador del tributo, implica en términos porcentuales, ver incrementada sucesivamente mayor porcentaje, la omisión o tributo originario, las necesidades fiscales se interponen a las reales posibilidades del Contribuyente. De esta manera, la aplicación de tales castigos compulsivos deviene en exorbitantes, drásticos y muchas veces en injustas vulnerando toda posibilidad económica, del Deudor Tributario; mas aún viendo la actual coyuntura económica, los sobrecostos tributario-laborales que enfrentan muchos Contribuyentes; merman toda capacidad para efectuar adicionales desembolsos al fisco.
Todo indica que el estado al poner de manifiesto su obesidad fiscal, sigue aplastando a empresas, creando un impacto económico desfavorable y fatal.
En suma, al presentar los resultados del presente estudio busco promover los alcances de responsabilidad para lograr sistemas contables fortalecidos y sobre todo, el profesional vinculado con la ciencia contable sea capaz de anticipar y prevenir una contingencia tributaria; siendo ello un claro desafío para cumplir las obligaciones establecidas por el impuesto a la renta, el impuesto general las ventas y el propio Código Tributario.
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Nota de contenido: |
Zona Territorial de Estudio: PE: PUNO. |
Link: |
https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=77879 |
La Fiscalización Tributaria de los Contribuyentes del Impuesto a la Renta de los Establecimientos de Hospedaje de la Región Puno. [texto impreso] / Luciano Ito Ticona, Autor . - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Escuela de Post Grado. Maestría en Contabilidad y Administración, 2010 . - 173 p. : tbls,: diagrs. ; 30 cm. Para Optar el grado Académico de: Magíster Scientiae en Contabilidad y Administración. Mención en: Auditoria y Tributación. Idioma : Español ( spa)
Resumen: |
RESUMEN
El presente trabajo de investigación titulado “LA FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA DE LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO A LA RENTA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE DE LA REGIÓN PUNO”, tiene por finalidad analizar y revelar la trascendencia cuantitativa derivado por el ejercicio de la función de fiscalización y pretende reseñar en una forma general, de cómo la información requerida por la Administración Tributaria, al comprobar su veracidad, es desvirtuado. Es decir, producto de su intervención y en el ejercicio de su atribución contenida en la Ley, determina omisiones sustanciales y formales, califica las infracciones, establece las sanciones y hasta puede interponer contra los infractores las acciones penales por delito tributario; constituyéndose éstas en severas y represivas.
La Administración Tributaria es la encargada de velar por el cumplimiento de las normas tributarias, por lo que a tal efecto, la Ley le ha conferido una serie de facultades que le permiten cumplir eficaz y eficientemente dicha labor.
En virtud al Art. 62º del Código Tributario, es facultad inherente de la Administración Tributaria la de fiscalización, la cual se ejerce en forma discrecional. Esta situación origina un control permanente al Contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones establecidas por Ley.
A raíz de las acciones de fiscalización y verificación ejercidas por la administración tributaria, ésta encuentra conceptos que no se encuentran debidamente sustentados y que dan origen a un reparo, esto es, a la imputación de una deuda a cargo del Contribuyente, proveniente de:
a) Un tributo no pagado, o
b) Una omisión formal que constituya infracción tributaria sujeta a la aplicación de una sanción correspondiente.
La sanción generalizada producto de una verificación es la multa, castigo pecuniario, que se impone al contribuyente o responsable que ha cometido una ilicitud cuyo pago debe acreditar actualizada por la acumulación de los intereses moratorios.
Por el origen de estas contingencias tributarias infringidas, el contribuyente tiene ante si, los efectos de una voraz y asfixiante recaudación fiscal.
Al afrontar la magnitud de la nueva deuda tributaria adicional establecida por el ente administrador del tributo, implica en términos porcentuales, ver incrementada sucesivamente mayor porcentaje, la omisión o tributo originario, las necesidades fiscales se interponen a las reales posibilidades del Contribuyente. De esta manera, la aplicación de tales castigos compulsivos deviene en exorbitantes, drásticos y muchas veces en injustas vulnerando toda posibilidad económica, del Deudor Tributario; mas aún viendo la actual coyuntura económica, los sobrecostos tributario-laborales que enfrentan muchos Contribuyentes; merman toda capacidad para efectuar adicionales desembolsos al fisco.
Todo indica que el estado al poner de manifiesto su obesidad fiscal, sigue aplastando a empresas, creando un impacto económico desfavorable y fatal.
En suma, al presentar los resultados del presente estudio busco promover los alcances de responsabilidad para lograr sistemas contables fortalecidos y sobre todo, el profesional vinculado con la ciencia contable sea capaz de anticipar y prevenir una contingencia tributaria; siendo ello un claro desafío para cumplir las obligaciones establecidas por el impuesto a la renta, el impuesto general las ventas y el propio Código Tributario.
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Nota de contenido: |
Zona Territorial de Estudio: PE: PUNO. |
Link: |
https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=77879 |
La Fiscalización Tributaria de los Contribuyentes del Impuesto a la Renta de los Establecimientos de Hospedaje de la Región Puno.
RESUMEN
El presente trabajo de investigación titulado “LA FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA DE LOS CONTRIBUYENTES DEL IMPUESTO A LA RENTA DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE DE LA REGIÓN PUNO”, tiene por finalidad analizar y revelar la trascendencia cuantitativa derivado por el ejercicio de la función de fiscalización y pretende reseñar en una forma general, de cómo la información requerida por la Administración Tributaria, al comprobar su veracidad, es desvirtuado. Es decir, producto de su intervención y en el ejercicio de su atribución contenida en la Ley, determina omisiones sustanciales y formales, califica las infracciones, establece las sanciones y hasta puede interponer contra los infractores las acciones penales por delito tributario; constituyéndose éstas en severas y represivas.
La Administración Tributaria es la encargada de velar por el cumplimiento de las normas tributarias, por lo que a tal efecto, la Ley le ha conferido una serie de facultades que le permiten cumplir eficaz y eficientemente dicha labor.
En virtud al Art. 62º del Código Tributario, es facultad inherente de la Administración Tributaria la de fiscalización, la cual se ejerce en forma discrecional. Esta situación origina un control permanente al Contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones establecidas por Ley.
A raíz de las acciones de fiscalización y verificación ejercidas por la administración tributaria, ésta encuentra conceptos que no se encuentran debidamente sustentados y que dan origen a un reparo, esto es, a la imputación de una deuda a cargo del Contribuyente, proveniente de:
a) Un tributo no pagado, o
b) Una omisión formal que constituya infracción tributaria sujeta a la aplicación de una sanción correspondiente.
La sanción generalizada producto de una verificación es la multa, castigo pecuniario, que se impone al contribuyente o responsable que ha cometido una ilicitud cuyo pago debe acreditar actualizada por la acumulación de los intereses moratorios.
Por el origen de estas contingencias tributarias infringidas, el contribuyente tiene ante si, los efectos de una voraz y asfixiante recaudación fiscal.
Al afrontar la magnitud de la nueva deuda tributaria adicional establecida por el ente administrador del tributo, implica en términos porcentuales, ver incrementada sucesivamente mayor porcentaje, la omisión o tributo originario, las necesidades fiscales se interponen a las reales posibilidades del Contribuyente. De esta manera, la aplicación de tales castigos compulsivos deviene en exorbitantes, drásticos y muchas veces en injustas vulnerando toda posibilidad económica, del Deudor Tributario; mas aún viendo la actual coyuntura económica, los sobrecostos tributario-laborales que enfrentan muchos Contribuyentes; merman toda capacidad para efectuar adicionales desembolsos al fisco.
Todo indica que el estado al poner de manifiesto su obesidad fiscal, sigue aplastando a empresas, creando un impacto económico desfavorable y fatal.
En suma, al presentar los resultados del presente estudio busco promover los alcances de responsabilidad para lograr sistemas contables fortalecidos y sobre todo, el profesional vinculado con la ciencia contable sea capaz de anticipar y prevenir una contingencia tributaria; siendo ello un claro desafío para cumplir las obligaciones establecidas por el impuesto a la renta, el impuesto general las ventas y el propio Código Tributario.
Ito Ticona, Luciano -
Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Escuela de Post Grado. Maestría en Contabilidad y Administración - 2010
Para Optar el grado Académico de: Magíster Scientiae en Contabilidad y Administración. Mención en: Auditoria y Tributación.
Zona Territorial de Estudio: PE: PUNO.
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