Título : |
La determinación del bien jurídico protegido y el principio de proporcionalidad de la pena en la ley de protección y bienestar animal, ley Nº 30407 |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Carla Dominga Llanos Mayta, Autor |
Editorial: |
Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho |
Fecha de publicación: |
2018 |
Número de páginas: |
137 páginas |
Dimensiones: |
30 cm |
Material de acompañamiento: |
1 CD-ROM |
Nota general: |
Para Optar el Título Profesional de Abogado |
Idioma : |
Español (spa) |
Resumen: |
El asunto que se pone a debate en el presente es el bien jurídico protegido en la ley de protección y bienestar animal, la misma que incorpora el Artículo 206°-A al Código Penal, el problema surge en su ubicación en el Código Penal; como segundo eje, se aborda el estudio del principio de proporcionalidad de la pena en este delito, donde al realizar una comparación, la pena por abandono y actos de crueldad supera a la sanción por agresión a una persona; Y por último, se evalúa la protección a los animales tanto domésticos como silvestres por el derecho penal, y el rompimiento del principio de la igualdad. OBJETIVO: Establecer y analizar el bien jurídico protegido en los delitos contra el maltrato animal y el principio de proporcionalidad de la pena en la ley de protección y bienestar animal, Ley Nº 30407. METODOLOGÍA: La investigación es de tipo cualitativo y de diseño dogmático. RESULTADOS: (i) El bien jurídico es el interés que el ordenamiento jurídico protege a un determinado sujeto de derechos, empero, los animales no tienen tal categoría, la ley penal regula el maltrato y la protección animal en la sección de delitos contra el patrimonio, cayendo en un error respecto a la delimitación del bien jurídico. (ii) La proporcionalidad de la pena tiene estricta relación con el delito cometido y el bien jurídico tutelado, el delito de agresiones que se comete contra la persona, y el de maltrato animal no pueden equipararse. (iii) No existen fundamentos razonables para que el animal doméstico o silvestre sea protegido por el Derecho Penal, dado que, no tiene consideración constitucional, la regulación dentro de los delitos de patrimonio, no resulta razonable. |
En línea: |
http://repositorio.unap.edu.pe/handle/UNAP/11161 |
Link: |
https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=108713 |
La determinación del bien jurídico protegido y el principio de proporcionalidad de la pena en la ley de protección y bienestar animal, ley Nº 30407 [texto impreso] / Carla Dominga Llanos Mayta, Autor . - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho, 2018 . - 137 páginas ; 30 cm + 1 CD-ROM. Para Optar el Título Profesional de Abogado Idioma : Español ( spa)
Resumen: |
El asunto que se pone a debate en el presente es el bien jurídico protegido en la ley de protección y bienestar animal, la misma que incorpora el Artículo 206°-A al Código Penal, el problema surge en su ubicación en el Código Penal; como segundo eje, se aborda el estudio del principio de proporcionalidad de la pena en este delito, donde al realizar una comparación, la pena por abandono y actos de crueldad supera a la sanción por agresión a una persona; Y por último, se evalúa la protección a los animales tanto domésticos como silvestres por el derecho penal, y el rompimiento del principio de la igualdad. OBJETIVO: Establecer y analizar el bien jurídico protegido en los delitos contra el maltrato animal y el principio de proporcionalidad de la pena en la ley de protección y bienestar animal, Ley Nº 30407. METODOLOGÍA: La investigación es de tipo cualitativo y de diseño dogmático. RESULTADOS: (i) El bien jurídico es el interés que el ordenamiento jurídico protege a un determinado sujeto de derechos, empero, los animales no tienen tal categoría, la ley penal regula el maltrato y la protección animal en la sección de delitos contra el patrimonio, cayendo en un error respecto a la delimitación del bien jurídico. (ii) La proporcionalidad de la pena tiene estricta relación con el delito cometido y el bien jurídico tutelado, el delito de agresiones que se comete contra la persona, y el de maltrato animal no pueden equipararse. (iii) No existen fundamentos razonables para que el animal doméstico o silvestre sea protegido por el Derecho Penal, dado que, no tiene consideración constitucional, la regulación dentro de los delitos de patrimonio, no resulta razonable. |
En línea: |
http://repositorio.unap.edu.pe/handle/UNAP/11161 |
Link: |
https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=108713 |
La determinación del bien jurídico protegido y el principio de proporcionalidad de la pena en la ley de protección y bienestar animal, ley Nº 30407
El asunto que se pone a debate en el presente es el bien jurídico protegido en la ley de protección y bienestar animal, la misma que incorpora el Artículo 206°-A al Código Penal, el problema surge en su ubicación en el Código Penal; como segundo eje, se aborda el estudio del principio de proporcionalidad de la pena en este delito, donde al realizar una comparación, la pena por abandono y actos de crueldad supera a la sanción por agresión a una persona; Y por último, se evalúa la protección a los animales tanto domésticos como silvestres por el derecho penal, y el rompimiento del principio de la igualdad. OBJETIVO: Establecer y analizar el bien jurídico protegido en los delitos contra el maltrato animal y el principio de proporcionalidad de la pena en la ley de protección y bienestar animal, Ley Nº 30407. METODOLOGÍA: La investigación es de tipo cualitativo y de diseño dogmático. RESULTADOS: (i) El bien jurídico es el interés que el ordenamiento jurídico protege a un determinado sujeto de derechos, empero, los animales no tienen tal categoría, la ley penal regula el maltrato y la protección animal en la sección de delitos contra el patrimonio, cayendo en un error respecto a la delimitación del bien jurídico. (ii) La proporcionalidad de la pena tiene estricta relación con el delito cometido y el bien jurídico tutelado, el delito de agresiones que se comete contra la persona, y el de maltrato animal no pueden equipararse. (iii) No existen fundamentos razonables para que el animal doméstico o silvestre sea protegido por el Derecho Penal, dado que, no tiene consideración constitucional, la regulación dentro de los delitos de patrimonio, no resulta razonable.
Llanos Mayta, Carla Dominga -
Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho - 2018
Para Optar el Título Profesional de Abogado
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