Título : |
El Delito de Peculado, Fuentes y la Responsabilidad Penal del Servidor de las Empresas de Economía Mixta. |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Juan José Machicao Tejada, Autor |
Editorial: |
Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Escuela de Post Grado. Doctorado en Derecho |
Fecha de publicación: |
2011 |
Número de páginas: |
287 p. |
Dimensiones: |
30 cm. |
Nota general: |
Para Optar el Grado Académico Doctoris Scientiae en Derecho |
Idioma : |
Español (spa) |
Resumen: |
Estudia de manera central la tesis de la Responsabilidad Penal de los servidores de las empresas de economía mixta, basándose en los conceptos fundamentales, los orígenes, la problemática y la perspectiva frente a la comisión del delito de Peculado, es decir se ha sistematizado la información existente respecto a las teorías existentes respecto al delito de Peculado, y sobre ello se ha efectuado un estudio analítico, para efectos de desarrollar y crear dogmática para que mediante la presente tesis, se pueda dar respuestas a los problemas que se presentan al momento de calificar la conducta delictiva desplegada por parte de los servidores de las empresas de economía mixta, y si éstas configuran el delito de Peculado. Concluye en establecer y delimitar los alcances y efectos del delito de Peculado, el cual será de gran utilidad para el derecho penal, por cuanto le permite a través de este estudio dar respuesta al problema que se da al momento de establecer si el servidor de las empresas de economía mixta cometen el delito de Peculado, y obviamente también será de gran utilidad para los estudiantes, abogados y magistrados al enfrentar problemas relacionados a la tesis plateada, los servidores de las empresas de economía mixta no son responsables penalmente del delito de peculado, por cuanto en primer término nuestra Constitución Política del Estado señala, al decir que los trabajadores de las empresas de economía mixta no están considerado como funcionarios ni servidores del estado, por lo que no tendría la cualidad especial que requiere el tipo penal de Peculado cual es el de ser funcionario y/o servidor del Estado; sin perjuicio de ello, haciendo una interpretación literal del Artículo 425 Inc. 3 del Código Penal, los servidores de las empresas de economía mixta no están considerados como Funcionarios o servidores públicos, si bien es cierto que dicho artículo señala que son considerados funcionarios o servidores públicos los trabajadores de las entidades u organismo del estado, sin embargo cabe aclarar que las empresas de economía mixta no son ni organismos ni entidades del estado, en razón que su patrimonio no es de exclusividad del Estado, por el contrario está compartido con intereses privados, es más, es por ello que la finalidad de éstas empresas es eminentemente lucrativa, lo cual pues no va con las políticas del Estado, que tiene prioridad por el servicio público y más no así un fin lucrativo; con lo que también no se tiene configurado el bien jurídico protegido por el tipo penal de Peculado, que protege al margen de proteger la correcta administración pública también protege el patrimonio estatal, de modo que, siendo que el patrimonio de las empresas de economía mixta no son en exclusividad del Estado, este requisito no aparece; por lo que queda establecido que el servidor de las empresas de economía mixta no son responsables penalmente en el delito de Peculado. En tal sentido presentamos los resultados de la presente investigación, seguros que con su contenido significará un aporte para el mejor tratamiento del tema, y que permitirá enriquecer más aún la dogmática penal. |
Link: |
https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=77757 |
El Delito de Peculado, Fuentes y la Responsabilidad Penal del Servidor de las Empresas de Economía Mixta. [texto impreso] / Juan José Machicao Tejada, Autor . - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Escuela de Post Grado. Doctorado en Derecho, 2011 . - 287 p. ; 30 cm. Para Optar el Grado Académico Doctoris Scientiae en Derecho Idioma : Español ( spa)
Resumen: |
Estudia de manera central la tesis de la Responsabilidad Penal de los servidores de las empresas de economía mixta, basándose en los conceptos fundamentales, los orígenes, la problemática y la perspectiva frente a la comisión del delito de Peculado, es decir se ha sistematizado la información existente respecto a las teorías existentes respecto al delito de Peculado, y sobre ello se ha efectuado un estudio analítico, para efectos de desarrollar y crear dogmática para que mediante la presente tesis, se pueda dar respuestas a los problemas que se presentan al momento de calificar la conducta delictiva desplegada por parte de los servidores de las empresas de economía mixta, y si éstas configuran el delito de Peculado. Concluye en establecer y delimitar los alcances y efectos del delito de Peculado, el cual será de gran utilidad para el derecho penal, por cuanto le permite a través de este estudio dar respuesta al problema que se da al momento de establecer si el servidor de las empresas de economía mixta cometen el delito de Peculado, y obviamente también será de gran utilidad para los estudiantes, abogados y magistrados al enfrentar problemas relacionados a la tesis plateada, los servidores de las empresas de economía mixta no son responsables penalmente del delito de peculado, por cuanto en primer término nuestra Constitución Política del Estado señala, al decir que los trabajadores de las empresas de economía mixta no están considerado como funcionarios ni servidores del estado, por lo que no tendría la cualidad especial que requiere el tipo penal de Peculado cual es el de ser funcionario y/o servidor del Estado; sin perjuicio de ello, haciendo una interpretación literal del Artículo 425 Inc. 3 del Código Penal, los servidores de las empresas de economía mixta no están considerados como Funcionarios o servidores públicos, si bien es cierto que dicho artículo señala que son considerados funcionarios o servidores públicos los trabajadores de las entidades u organismo del estado, sin embargo cabe aclarar que las empresas de economía mixta no son ni organismos ni entidades del estado, en razón que su patrimonio no es de exclusividad del Estado, por el contrario está compartido con intereses privados, es más, es por ello que la finalidad de éstas empresas es eminentemente lucrativa, lo cual pues no va con las políticas del Estado, que tiene prioridad por el servicio público y más no así un fin lucrativo; con lo que también no se tiene configurado el bien jurídico protegido por el tipo penal de Peculado, que protege al margen de proteger la correcta administración pública también protege el patrimonio estatal, de modo que, siendo que el patrimonio de las empresas de economía mixta no son en exclusividad del Estado, este requisito no aparece; por lo que queda establecido que el servidor de las empresas de economía mixta no son responsables penalmente en el delito de Peculado. En tal sentido presentamos los resultados de la presente investigación, seguros que con su contenido significará un aporte para el mejor tratamiento del tema, y que permitirá enriquecer más aún la dogmática penal. |
Link: |
https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=77757 |
El Delito de Peculado, Fuentes y la Responsabilidad Penal del Servidor de las Empresas de Economía Mixta.
Estudia de manera central la tesis de la Responsabilidad Penal de los servidores de las empresas de economía mixta, basándose en los conceptos fundamentales, los orígenes, la problemática y la perspectiva frente a la comisión del delito de Peculado, es decir se ha sistematizado la información existente respecto a las teorías existentes respecto al delito de Peculado, y sobre ello se ha efectuado un estudio analítico, para efectos de desarrollar y crear dogmática para que mediante la presente tesis, se pueda dar respuestas a los problemas que se presentan al momento de calificar la conducta delictiva desplegada por parte de los servidores de las empresas de economía mixta, y si éstas configuran el delito de Peculado. Concluye en establecer y delimitar los alcances y efectos del delito de Peculado, el cual será de gran utilidad para el derecho penal, por cuanto le permite a través de este estudio dar respuesta al problema que se da al momento de establecer si el servidor de las empresas de economía mixta cometen el delito de Peculado, y obviamente también será de gran utilidad para los estudiantes, abogados y magistrados al enfrentar problemas relacionados a la tesis plateada, los servidores de las empresas de economía mixta no son responsables penalmente del delito de peculado, por cuanto en primer término nuestra Constitución Política del Estado señala, al decir que los trabajadores de las empresas de economía mixta no están considerado como funcionarios ni servidores del estado, por lo que no tendría la cualidad especial que requiere el tipo penal de Peculado cual es el de ser funcionario y/o servidor del Estado; sin perjuicio de ello, haciendo una interpretación literal del Artículo 425 Inc. 3 del Código Penal, los servidores de las empresas de economía mixta no están considerados como Funcionarios o servidores públicos, si bien es cierto que dicho artículo señala que son considerados funcionarios o servidores públicos los trabajadores de las entidades u organismo del estado, sin embargo cabe aclarar que las empresas de economía mixta no son ni organismos ni entidades del estado, en razón que su patrimonio no es de exclusividad del Estado, por el contrario está compartido con intereses privados, es más, es por ello que la finalidad de éstas empresas es eminentemente lucrativa, lo cual pues no va con las políticas del Estado, que tiene prioridad por el servicio público y más no así un fin lucrativo; con lo que también no se tiene configurado el bien jurídico protegido por el tipo penal de Peculado, que protege al margen de proteger la correcta administración pública también protege el patrimonio estatal, de modo que, siendo que el patrimonio de las empresas de economía mixta no son en exclusividad del Estado, este requisito no aparece; por lo que queda establecido que el servidor de las empresas de economía mixta no son responsables penalmente en el delito de Peculado. En tal sentido presentamos los resultados de la presente investigación, seguros que con su contenido significará un aporte para el mejor tratamiento del tema, y que permitirá enriquecer más aún la dogmática penal.
Machicao Tejada, Juan José -
Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Escuela de Post Grado. Doctorado en Derecho - 2011
Para Optar el Grado Académico Doctoris Scientiae en Derecho
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