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Autor Miguel Angel José Cruz Cuentas |
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Hacer una sugerencia Refinar búsquedaLa Protección del Contratante No Estipulante frente a las Clausulas Vejatorias en la Contratación Masiva / Miguel Angel José Cruz Cuentas / Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Escuela de Post Grado. Maestría en Derecho (2005)
Título : La Protección del Contratante No Estipulante frente a las Clausulas Vejatorias en la Contratación Masiva Tipo de documento: texto impreso Autores: Miguel Angel José Cruz Cuentas, Autor Editorial: Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Escuela de Post Grado. Maestría en Derecho Fecha de publicación: 2005 Número de páginas: 129 p. Il.: tbls. Dimensiones: 30 cm. Nota general: Para Optar el Grado Académico Magister Scientiae en Derecho. Mención: Derecho Privado Idioma : Español (spa) Clasificación: [Agneaux] Masculinidad Clasificación: 333 Economía de la tierra y de la energía Resumen: El contrato es el instrumento jurídico y económico que permite vincular a dos o más partes para facilitar la circulación de bienes y servicios y capitales dentro de la sociedad, de ahí su importancia práctica. El contrato ha evolucionado desde su aparición hasta nuestro días por factores económicos sociales arribando en la actualidad, a lo que denominamos la contratación en masa con dos modalidades importantes: el contrato por adhesión y las Cláusulas Generales de Contratación.
En un mundo globalizado como el de hoy, donde las relaciones comerciales se han masificado debido al aumento de la población y la migración hacia las ciudades, se requiere que los bienes y servicios sean colocados a un mayor número de consumidores quienes desean además, prontitud y economía. El avance de la tecnología a la mano con la ciencia, genera la producción estandarizada de bienes y servicios y en forma masiva lo que aporta al desarrollo económico social de los países y al bienestar de sus habitantes. En estos contratos, ya no se negocian las cláusulas contractuales, como sucede con el contrato paritario, pues la parte económicamente más fuerte que es el proveedor de bienes, servicios y capitales, es quien en forma unilateral y con anticipación predispone las cláusulas de manera que, el consumidor o la parte débil en ésta relación jurídica, se ve obligado a aceptarlas si quiere contar con bienes y servicios para satisfacer sus necesidades. Así, la contratación masiva, hoy en día forma parte de nuestro quehacer diario y debemos aceptarla por que no es razonable prescindir de servicios fundamentales como luz, agua y teléfono y la serie de bienes que requerimos para nuestro bienestar. Eso no esta mal, sin embargo, en ocasiones, el predisponente de las cláusulas incluye dentro de ellas, algunas cláusulas vejatorias para obtener ventajas económicas en perjuicio del consumidor. Es un riesgo presente en la contratación masiva. Frente a éstas cláusulas, se ha establecido mecanismos de control de las cláusulas vejatorias a nivel legislativo, judicial, administrativo y mediante la autoprotección a través de las asociaciones de consumidores, que en nuestro concepto, es la mejor manera de defenderse frente a las mismas. La parte débil en la contratación masiva, merece la protección por razones de justicia y de solidaridad para restablecer el equilibrio contractual y evitar abusos y aprovechamientos de la parte económicamente fuerte. Este es un tema aceptado por los países de todo el mundo bajo el rubro general de “Defensa del Consumidor” por tanto, no podemos estar ajenos a ésta problemática por ser nosotros mismos consumidores. La tesis “La protección del contratante no estipulante frente a las cláusulas vejatorias en la contratación masiva” analiza toda esta problemática, define cuales son cláusulas vejatorias, y diseña las formas de protección al consumidor. Se han identificado una serie de cláusulas vejatorias y en base a ellas, se ha propuesto una serie de recomendaciones para controlar que los proveedores de bienes y servicios y capitales, no incluyan en los contratos por adhesión y Cláusulas Generales de Contratación, cláusulas vejatorias y, además sugerido formas complementarias de protección al consumidor a las ya existentes.Nota de contenido: Zona Territorial de Estudio PE: PUNO Link: https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=74625 La Protección del Contratante No Estipulante frente a las Clausulas Vejatorias en la Contratación Masiva [texto impreso] / Miguel Angel José Cruz Cuentas, Autor . - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Escuela de Post Grado. Maestría en Derecho, 2005 . - 129 p. : tbls. ; 30 cm.
Para Optar el Grado Académico Magister Scientiae en Derecho. Mención: Derecho Privado
Idioma : Español (spa)
Clasificación: [Agneaux] Masculinidad Clasificación: 333 Economía de la tierra y de la energía Resumen: El contrato es el instrumento jurídico y económico que permite vincular a dos o más partes para facilitar la circulación de bienes y servicios y capitales dentro de la sociedad, de ahí su importancia práctica. El contrato ha evolucionado desde su aparición hasta nuestro días por factores económicos sociales arribando en la actualidad, a lo que denominamos la contratación en masa con dos modalidades importantes: el contrato por adhesión y las Cláusulas Generales de Contratación.
En un mundo globalizado como el de hoy, donde las relaciones comerciales se han masificado debido al aumento de la población y la migración hacia las ciudades, se requiere que los bienes y servicios sean colocados a un mayor número de consumidores quienes desean además, prontitud y economía. El avance de la tecnología a la mano con la ciencia, genera la producción estandarizada de bienes y servicios y en forma masiva lo que aporta al desarrollo económico social de los países y al bienestar de sus habitantes. En estos contratos, ya no se negocian las cláusulas contractuales, como sucede con el contrato paritario, pues la parte económicamente más fuerte que es el proveedor de bienes, servicios y capitales, es quien en forma unilateral y con anticipación predispone las cláusulas de manera que, el consumidor o la parte débil en ésta relación jurídica, se ve obligado a aceptarlas si quiere contar con bienes y servicios para satisfacer sus necesidades. Así, la contratación masiva, hoy en día forma parte de nuestro quehacer diario y debemos aceptarla por que no es razonable prescindir de servicios fundamentales como luz, agua y teléfono y la serie de bienes que requerimos para nuestro bienestar. Eso no esta mal, sin embargo, en ocasiones, el predisponente de las cláusulas incluye dentro de ellas, algunas cláusulas vejatorias para obtener ventajas económicas en perjuicio del consumidor. Es un riesgo presente en la contratación masiva. Frente a éstas cláusulas, se ha establecido mecanismos de control de las cláusulas vejatorias a nivel legislativo, judicial, administrativo y mediante la autoprotección a través de las asociaciones de consumidores, que en nuestro concepto, es la mejor manera de defenderse frente a las mismas. La parte débil en la contratación masiva, merece la protección por razones de justicia y de solidaridad para restablecer el equilibrio contractual y evitar abusos y aprovechamientos de la parte económicamente fuerte. Este es un tema aceptado por los países de todo el mundo bajo el rubro general de “Defensa del Consumidor” por tanto, no podemos estar ajenos a ésta problemática por ser nosotros mismos consumidores. La tesis “La protección del contratante no estipulante frente a las cláusulas vejatorias en la contratación masiva” analiza toda esta problemática, define cuales son cláusulas vejatorias, y diseña las formas de protección al consumidor. Se han identificado una serie de cláusulas vejatorias y en base a ellas, se ha propuesto una serie de recomendaciones para controlar que los proveedores de bienes y servicios y capitales, no incluyan en los contratos por adhesión y Cláusulas Generales de Contratación, cláusulas vejatorias y, además sugerido formas complementarias de protección al consumidor a las ya existentes.Nota de contenido: Zona Territorial de Estudio PE: PUNO Link: https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=74625
La Protección del Contratante No Estipulante frente a las Clausulas Vejatorias en la Contratación Masiva
El contrato es el instrumento jurídico y económico que permite vincular a dos o más partes para facilitar la circulación de bienes y servicios y capitales dentro de la sociedad, de ahí su importancia práctica. El contrato ha evolucionado desde su aparición hasta nuestro días por factores económicos sociales arribando en la actualidad, a lo que denominamos la contratación en masa con dos modalidades importantes: el contrato por adhesión y las Cláusulas Generales de Contratación.
En un mundo globalizado como el de hoy, donde las relaciones comerciales se han masificado debido al aumento de la población y la migración hacia las ciudades, se requiere que los bienes y servicios sean colocados a un mayor número de consumidores quienes desean además, prontitud y economía. El avance de la tecnología a la mano con la ciencia, genera la producción estandarizada de bienes y servicios y en forma masiva lo que aporta al desarrollo económico social de los países y al bienestar de sus habitantes. En estos contratos, ya no se negocian las cláusulas contractuales, como sucede con el contrato paritario, pues la parte económicamente más fuerte que es el proveedor de bienes, servicios y capitales, es quien en forma unilateral y con anticipación predispone las cláusulas de manera que, el consumidor o la parte débil en ésta relación jurídica, se ve obligado a aceptarlas si quiere contar con bienes y servicios para satisfacer sus necesidades. Así, la contratación masiva, hoy en día forma parte de nuestro quehacer diario y debemos aceptarla por que no es razonable prescindir de servicios fundamentales como luz, agua y teléfono y la serie de bienes que requerimos para nuestro bienestar. Eso no esta mal, sin embargo, en ocasiones, el predisponente de las cláusulas incluye dentro de ellas, algunas cláusulas vejatorias para obtener ventajas económicas en perjuicio del consumidor. Es un riesgo presente en la contratación masiva. Frente a éstas cláusulas, se ha establecido mecanismos de control de las cláusulas vejatorias a nivel legislativo, judicial, administrativo y mediante la autoprotección a través de las asociaciones de consumidores, que en nuestro concepto, es la mejor manera de defenderse frente a las mismas. La parte débil en la contratación masiva, merece la protección por razones de justicia y de solidaridad para restablecer el equilibrio contractual y evitar abusos y aprovechamientos de la parte económicamente fuerte. Este es un tema aceptado por los países de todo el mundo bajo el rubro general de “Defensa del Consumidor” por tanto, no podemos estar ajenos a ésta problemática por ser nosotros mismos consumidores. La tesis “La protección del contratante no estipulante frente a las cláusulas vejatorias en la contratación masiva” analiza toda esta problemática, define cuales son cláusulas vejatorias, y diseña las formas de protección al consumidor. Se han identificado una serie de cláusulas vejatorias y en base a ellas, se ha propuesto una serie de recomendaciones para controlar que los proveedores de bienes y servicios y capitales, no incluyan en los contratos por adhesión y Cláusulas Generales de Contratación, cláusulas vejatorias y, además sugerido formas complementarias de protección al consumidor a las ya existentes.Cruz Cuentas, Miguel Angel José - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Escuela de Post Grado. Maestría en Derecho - 2005
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