Título : |
Responsabilidad Social del Estado en la Protección del Medio Ambiente y Recurso Hidrico en la Cuenca del Río Ramis, por Perjuicio de la Actividad Minera, Proveniente de la Mina Rinconada - Ananea |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Wenceslao Salomon Apaza Ñaupa, Autor |
Editorial: |
Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Escuela de Post Grado. Maestría en Derecho |
Fecha de publicación: |
2010 |
Número de páginas: |
353 p. |
Il.: |
grafs.; diagrs.; tbls. |
Dimensiones: |
30 cm. |
Nota general: |
Para Optar el Grado Academico de: Magister Scientiae en Derecho Mencion Mención Derecho Constitucional y Derechos Humanos |
Idioma : |
Español (spa) |
Resumen: |
La creciente contaminación del agua superficial en la cuenca del rio Ramis, debido al ejercicio de la actividad minera por parte de las empresas mineras, ubicada en la mina Rinconada- Ananea; quienes para el procesamiento del mineral (oro), usaron insumos químicos (cianuro, mercurio, elementos tóxicos peligrosos), por encima del Límite Máximo Permisible, quienes directa o indirectamente, han afectado el derecho fundamental al medio ambiente y el agua de las poblaciones rurales del distrito de Asillo- Progreso, debido a omisión legislativa del Estado. En ese sentido, se explica las razones por las cuales, existió vacio y/o insuficiencia legal de la Ley No 29023, que debe ser derogada por el Congreso de la República, debiendo en el futuro concordar con las nuevas leyes, entre ellos, con la Ley No 28611(Ley General del Ambiente), Ley No 28245, (Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental) Ley No 29325(Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental). Enunciados normativos, que debió facilitar el pleno respeto, protección, garantizar el ejercicio, goce del derecho fundamental del medio ambiente y el agua de calidad; es decir, el derecho fundamental al ambiente equilibrado y un medio ambiente que se preserve.
El medio ambiente, es un derecho fundamental de configuración constitucional- derecho fundamental del medio ambiente y el derecho fundamental al agua; ante la afectación directa, debido al ejercicio de la actividad minera en la Mina Rinconada- Ananea, a nuestra consideración, para el Estado en la función legislativa, existe omisión legislativa, por tanto, configura la responsabilidad social del Estado para proteger el medio ambiente y el uso de agua de calidad para fines primarios, poblacionales y productivos en el distrito de Asillo-Progreso. Por cuanto, el agua y el medio ambiente, constituyen, un derecho de tercera generación de exigibilidad directa hacia el Estado, acorde al principio de solidaridad, en el marco de los Estándares de Calidad Ambiental y Límites Máximos Permisibles. Por mandato constitucional, el Estado es el primer garante en la protección del derecho fundamental, en ese sentido, el Estado debió garantizar el uso de agua de calidad e intervenir en la autorización para concesiones mineras, para el adecuado ejercicio de la actividad minera por parte de las empresas mineras en la mina Rinconada- Ananea. Verificandose, además la Ley No 29023, resulta ineficaz para una aplicación practica por parte de los operadores jurídicos, debido a la insuficiencia legal del marco normativo para cautelar el derecho al medio ambiente y el agua, como un bien comunitario, en beneficio de la población vulnerable del distrito de Asillo-Progreso; por tanto, sí configura la responsabilidad social del Estado por omisión legislativa, el mismo que debió tomar las medidas legales correspondientes para prevenir la contaminación del agua superficial, a consecuencia de la actividad minera, proveniente de la mina Rinconada-Ananea.
En ese sentido, el informe final del proyecto de investigación jurídica, se ha estructurado en cuatro capítulos: planteamiento del problema, marco teórico, diseño metodológico, e interpretación argumentativa de los resultados obtenidos, desde la óptica del derecho a identidad cultural, el medio ambiente y el derecho al agua, concluyendo que el agua, es un bien comunitario para los usuarios de agua del distrito de Asillo - Progreso, para el efecto, se elabora la propuesta de iniciativa legislativa a fin de presentar al Congreso de la República.
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Nota de contenido: |
Zona Territorial de Estudio: PE: PUNO |
Link: |
https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=77586 |
Responsabilidad Social del Estado en la Protección del Medio Ambiente y Recurso Hidrico en la Cuenca del Río Ramis, por Perjuicio de la Actividad Minera, Proveniente de la Mina Rinconada - Ananea [texto impreso] / Wenceslao Salomon Apaza Ñaupa, Autor . - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Escuela de Post Grado. Maestría en Derecho, 2010 . - 353 p. : grafs.; diagrs.; tbls. ; 30 cm. Para Optar el Grado Academico de: Magister Scientiae en Derecho Mencion Mención Derecho Constitucional y Derechos Humanos Idioma : Español ( spa)
Resumen: |
La creciente contaminación del agua superficial en la cuenca del rio Ramis, debido al ejercicio de la actividad minera por parte de las empresas mineras, ubicada en la mina Rinconada- Ananea; quienes para el procesamiento del mineral (oro), usaron insumos químicos (cianuro, mercurio, elementos tóxicos peligrosos), por encima del Límite Máximo Permisible, quienes directa o indirectamente, han afectado el derecho fundamental al medio ambiente y el agua de las poblaciones rurales del distrito de Asillo- Progreso, debido a omisión legislativa del Estado. En ese sentido, se explica las razones por las cuales, existió vacio y/o insuficiencia legal de la Ley No 29023, que debe ser derogada por el Congreso de la República, debiendo en el futuro concordar con las nuevas leyes, entre ellos, con la Ley No 28611(Ley General del Ambiente), Ley No 28245, (Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental) Ley No 29325(Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental). Enunciados normativos, que debió facilitar el pleno respeto, protección, garantizar el ejercicio, goce del derecho fundamental del medio ambiente y el agua de calidad; es decir, el derecho fundamental al ambiente equilibrado y un medio ambiente que se preserve.
El medio ambiente, es un derecho fundamental de configuración constitucional- derecho fundamental del medio ambiente y el derecho fundamental al agua; ante la afectación directa, debido al ejercicio de la actividad minera en la Mina Rinconada- Ananea, a nuestra consideración, para el Estado en la función legislativa, existe omisión legislativa, por tanto, configura la responsabilidad social del Estado para proteger el medio ambiente y el uso de agua de calidad para fines primarios, poblacionales y productivos en el distrito de Asillo-Progreso. Por cuanto, el agua y el medio ambiente, constituyen, un derecho de tercera generación de exigibilidad directa hacia el Estado, acorde al principio de solidaridad, en el marco de los Estándares de Calidad Ambiental y Límites Máximos Permisibles. Por mandato constitucional, el Estado es el primer garante en la protección del derecho fundamental, en ese sentido, el Estado debió garantizar el uso de agua de calidad e intervenir en la autorización para concesiones mineras, para el adecuado ejercicio de la actividad minera por parte de las empresas mineras en la mina Rinconada- Ananea. Verificandose, además la Ley No 29023, resulta ineficaz para una aplicación practica por parte de los operadores jurídicos, debido a la insuficiencia legal del marco normativo para cautelar el derecho al medio ambiente y el agua, como un bien comunitario, en beneficio de la población vulnerable del distrito de Asillo-Progreso; por tanto, sí configura la responsabilidad social del Estado por omisión legislativa, el mismo que debió tomar las medidas legales correspondientes para prevenir la contaminación del agua superficial, a consecuencia de la actividad minera, proveniente de la mina Rinconada-Ananea.
En ese sentido, el informe final del proyecto de investigación jurídica, se ha estructurado en cuatro capítulos: planteamiento del problema, marco teórico, diseño metodológico, e interpretación argumentativa de los resultados obtenidos, desde la óptica del derecho a identidad cultural, el medio ambiente y el derecho al agua, concluyendo que el agua, es un bien comunitario para los usuarios de agua del distrito de Asillo - Progreso, para el efecto, se elabora la propuesta de iniciativa legislativa a fin de presentar al Congreso de la República.
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Nota de contenido: |
Zona Territorial de Estudio: PE: PUNO |
Link: |
https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=77586 |
Responsabilidad Social del Estado en la Protección del Medio Ambiente y Recurso Hidrico en la Cuenca del Río Ramis, por Perjuicio de la Actividad Minera, Proveniente de la Mina Rinconada - Ananea
La creciente contaminación del agua superficial en la cuenca del rio Ramis, debido al ejercicio de la actividad minera por parte de las empresas mineras, ubicada en la mina Rinconada- Ananea; quienes para el procesamiento del mineral (oro), usaron insumos químicos (cianuro, mercurio, elementos tóxicos peligrosos), por encima del Límite Máximo Permisible, quienes directa o indirectamente, han afectado el derecho fundamental al medio ambiente y el agua de las poblaciones rurales del distrito de Asillo- Progreso, debido a omisión legislativa del Estado. En ese sentido, se explica las razones por las cuales, existió vacio y/o insuficiencia legal de la Ley No 29023, que debe ser derogada por el Congreso de la República, debiendo en el futuro concordar con las nuevas leyes, entre ellos, con la Ley No 28611(Ley General del Ambiente), Ley No 28245, (Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental) Ley No 29325(Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental). Enunciados normativos, que debió facilitar el pleno respeto, protección, garantizar el ejercicio, goce del derecho fundamental del medio ambiente y el agua de calidad; es decir, el derecho fundamental al ambiente equilibrado y un medio ambiente que se preserve.
El medio ambiente, es un derecho fundamental de configuración constitucional- derecho fundamental del medio ambiente y el derecho fundamental al agua; ante la afectación directa, debido al ejercicio de la actividad minera en la Mina Rinconada- Ananea, a nuestra consideración, para el Estado en la función legislativa, existe omisión legislativa, por tanto, configura la responsabilidad social del Estado para proteger el medio ambiente y el uso de agua de calidad para fines primarios, poblacionales y productivos en el distrito de Asillo-Progreso. Por cuanto, el agua y el medio ambiente, constituyen, un derecho de tercera generación de exigibilidad directa hacia el Estado, acorde al principio de solidaridad, en el marco de los Estándares de Calidad Ambiental y Límites Máximos Permisibles. Por mandato constitucional, el Estado es el primer garante en la protección del derecho fundamental, en ese sentido, el Estado debió garantizar el uso de agua de calidad e intervenir en la autorización para concesiones mineras, para el adecuado ejercicio de la actividad minera por parte de las empresas mineras en la mina Rinconada- Ananea. Verificandose, además la Ley No 29023, resulta ineficaz para una aplicación practica por parte de los operadores jurídicos, debido a la insuficiencia legal del marco normativo para cautelar el derecho al medio ambiente y el agua, como un bien comunitario, en beneficio de la población vulnerable del distrito de Asillo-Progreso; por tanto, sí configura la responsabilidad social del Estado por omisión legislativa, el mismo que debió tomar las medidas legales correspondientes para prevenir la contaminación del agua superficial, a consecuencia de la actividad minera, proveniente de la mina Rinconada-Ananea.
En ese sentido, el informe final del proyecto de investigación jurídica, se ha estructurado en cuatro capítulos: planteamiento del problema, marco teórico, diseño metodológico, e interpretación argumentativa de los resultados obtenidos, desde la óptica del derecho a identidad cultural, el medio ambiente y el derecho al agua, concluyendo que el agua, es un bien comunitario para los usuarios de agua del distrito de Asillo - Progreso, para el efecto, se elabora la propuesta de iniciativa legislativa a fin de presentar al Congreso de la República.
Apaza Ñaupa, Wenceslao Salomon -
Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Escuela de Post Grado. Maestría en Derecho - 2010
Para Optar el Grado Academico de: Magister Scientiae en Derecho Mencion Mención Derecho Constitucional y Derechos Humanos
Zona Territorial de Estudio: PE: PUNO
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