Título : |
El principio de descriminalidad en la normativa de contratación pública |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Yeltsin Huarsaya Chambi, Autor |
Editorial: |
Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho |
Fecha de publicación: |
2017 |
Número de páginas: |
114 páginas |
Il.: |
tablas |
Dimensiones: |
30 cm |
Material de acompañamiento: |
1 CD-ROM |
Nota general: |
Para Optar el Título Profesional de: Abogado |
Idioma : |
Español (spa) |
Resumen: |
La legislación de Contratación Pública en el Perú, incluidas sus modificaciones, vigente desde abril de 2017, no contiene un principio explícito de discrecionalidad que permita a las entidades contratantes tomar decisiones para el cumplimiento oportuno de sus contratos. Ante esa realidad, la investigación busca determinar si las legislaciones de los países de la región regulan este principio y cuentan con disposiciones que lo desarrollen. Asimismo, se ha revisado recomendaciones de agencias de desarrollo, para verificar si estas recomiendan que las decisiones que toman las entidades deben privilegiar el cumplimiento oportuno de los objetivos y metas del Estado, en lugar del cumplimiento de procedimientos formales. Por lo que teniendo en consideración la legislación comparada, la doctrina y recomendaciones de las agencias de desarrollo, se propone implementar un Principio de discrecionalidad administrativa y disposiciones que la desarrollen. Durante la investigación se han empleado métodos analítico, descriptivo y comparativo a efectos de alcanzar los objetivos esperados. Producto del uso de los referidos métodos, se ha podido corroborar que el marco normativo del Perú no cuenta con un principio explícito de discrecionalidad administrativa para las entidades contratantes tomen decisiones con miras de asegurar el cumplimiento oportuno de los contratos, en su lugar, cuenta con un Principio de Eficacia y Eficiencia que de manera insuficiente otorga discrecionalidad a las entidades contratantes. Por su lado, los países de la región no cuentan con un Principio de Discrecionalidad. Finalmente, del trabajo de investigación, se ha concluido que el nuevo marco normativo de compras públicas del Perú privilegia el cumplimiento de los fines por encima del cumplimiento de procedimientos, sin embargo, no cuenta con un principio explícito que permita a las entidades tomar decisiones para asegurar el cumplimiento oportuno de los contratos, por lo que en las recomendaciones e propone implementación normativa en la Ley de Contrataciones del Estado. |
En línea: |
http://tesis.unap.edu.pe/handle/UNAP/7694 |
Link: |
https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=106972 |
El principio de descriminalidad en la normativa de contratación pública [texto impreso] / Yeltsin Huarsaya Chambi, Autor . - Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho, 2017 . - 114 páginas : tablas ; 30 cm + 1 CD-ROM. Para Optar el Título Profesional de: Abogado Idioma : Español ( spa)
Resumen: |
La legislación de Contratación Pública en el Perú, incluidas sus modificaciones, vigente desde abril de 2017, no contiene un principio explícito de discrecionalidad que permita a las entidades contratantes tomar decisiones para el cumplimiento oportuno de sus contratos. Ante esa realidad, la investigación busca determinar si las legislaciones de los países de la región regulan este principio y cuentan con disposiciones que lo desarrollen. Asimismo, se ha revisado recomendaciones de agencias de desarrollo, para verificar si estas recomiendan que las decisiones que toman las entidades deben privilegiar el cumplimiento oportuno de los objetivos y metas del Estado, en lugar del cumplimiento de procedimientos formales. Por lo que teniendo en consideración la legislación comparada, la doctrina y recomendaciones de las agencias de desarrollo, se propone implementar un Principio de discrecionalidad administrativa y disposiciones que la desarrollen. Durante la investigación se han empleado métodos analítico, descriptivo y comparativo a efectos de alcanzar los objetivos esperados. Producto del uso de los referidos métodos, se ha podido corroborar que el marco normativo del Perú no cuenta con un principio explícito de discrecionalidad administrativa para las entidades contratantes tomen decisiones con miras de asegurar el cumplimiento oportuno de los contratos, en su lugar, cuenta con un Principio de Eficacia y Eficiencia que de manera insuficiente otorga discrecionalidad a las entidades contratantes. Por su lado, los países de la región no cuentan con un Principio de Discrecionalidad. Finalmente, del trabajo de investigación, se ha concluido que el nuevo marco normativo de compras públicas del Perú privilegia el cumplimiento de los fines por encima del cumplimiento de procedimientos, sin embargo, no cuenta con un principio explícito que permita a las entidades tomar decisiones para asegurar el cumplimiento oportuno de los contratos, por lo que en las recomendaciones e propone implementación normativa en la Ley de Contrataciones del Estado. |
En línea: |
http://tesis.unap.edu.pe/handle/UNAP/7694 |
Link: |
https://biblioteca.unap.edu.pe/opac_css/index.php?lvl=notice_display&id=106972 |
El principio de descriminalidad en la normativa de contratación pública
La legislación de Contratación Pública en el Perú, incluidas sus modificaciones, vigente desde abril de 2017, no contiene un principio explícito de discrecionalidad que permita a las entidades contratantes tomar decisiones para el cumplimiento oportuno de sus contratos. Ante esa realidad, la investigación busca determinar si las legislaciones de los países de la región regulan este principio y cuentan con disposiciones que lo desarrollen. Asimismo, se ha revisado recomendaciones de agencias de desarrollo, para verificar si estas recomiendan que las decisiones que toman las entidades deben privilegiar el cumplimiento oportuno de los objetivos y metas del Estado, en lugar del cumplimiento de procedimientos formales. Por lo que teniendo en consideración la legislación comparada, la doctrina y recomendaciones de las agencias de desarrollo, se propone implementar un Principio de discrecionalidad administrativa y disposiciones que la desarrollen. Durante la investigación se han empleado métodos analítico, descriptivo y comparativo a efectos de alcanzar los objetivos esperados. Producto del uso de los referidos métodos, se ha podido corroborar que el marco normativo del Perú no cuenta con un principio explícito de discrecionalidad administrativa para las entidades contratantes tomen decisiones con miras de asegurar el cumplimiento oportuno de los contratos, en su lugar, cuenta con un Principio de Eficacia y Eficiencia que de manera insuficiente otorga discrecionalidad a las entidades contratantes. Por su lado, los países de la región no cuentan con un Principio de Discrecionalidad. Finalmente, del trabajo de investigación, se ha concluido que el nuevo marco normativo de compras públicas del Perú privilegia el cumplimiento de los fines por encima del cumplimiento de procedimientos, sin embargo, no cuenta con un principio explícito que permita a las entidades tomar decisiones para asegurar el cumplimiento oportuno de los contratos, por lo que en las recomendaciones e propone implementación normativa en la Ley de Contrataciones del Estado.
Huarsaya Chambi, Yeltsin -
Puno : Universidad Nacional del Altiplano. Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Escuela Profesional de Derecho - 2017
Para Optar el Título Profesional de: Abogado
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